El sujeto fue trasladado a Comisaría Tercera.
Recordamos a los vecinos que está en vigencia el Programa de Canje 4 x 4 de lámparas bajo consumo.
El 22 de enero, de 9 a 12, arranca un curso introductorio destinado a jóvenes sin conocimientos previos del idioma, en el CIC 1 ubicado en 9 de Julio 3565. Inscripciones abiertas.
Recibimos un premio otorgado por el CIPPEC y la Universidad de San Andrés. www.ciudaddemendoza.gov.ar es el 4to a nivel nacional y 2do, entre municipios con menos de 200.000 habitantes.
La reforma del Código de Urbanismo y Edificación fue elaborada a partir del estudio y reconocimiento de la Ciudad existente y de los problemas que ya evidencia.
El Departamento de Jardines Maternales conformado por docentes, asistentes y capacitadores se prepara para iniciar el ciclo lectivo 2011. Asisten a los establecimientos chicos de 0 a 4 años, residentes de los barrios del Oeste y de la 4ta Sección.
Más de 400 niños que asisten diariamente a los Municentros de Capital recibieron su regalo de Reyes.
Hoy, entre las 19 y las 21 horas, los reyes magos visitarán el Persa de la calle Mitre.
Por medio de IRAM (Instituto Argentino de Normalización y Certificación) logramos exitosamente la Certificación de nuestro Sistema de Gestión que permitirá seguir el camino de la mejora continua dedicada a nuestros contribuyentes.
El intendente Víctor Fayad prorrogó por decreto para todo el año 2011 la vigencia de la ordenanza 3167/93, mediante la cual se establece una exención para el pago de tasas por servicios a la propiedad raíz a los jubilados y pensionados de cualquier régimen previsional nacional o provincial.
De tal forma, se dispone la continuidad de los beneficios otorgados por el régimen prorrogado durante años anteriores, siempre y cuando los mismos se encuentren vigentes al 31 de diciembre de 2010 y sus beneficiarios, hasta el 31 de marzo de 2011, presenten personalmente ante la Dirección de Rentas de la comuna, la declaración jurada respectiva.
Se ha fijado el 31 de marzo próximo como plazo para solicitar el otorgamiento de nuevos beneficios, o la modificación de los porcentajes ya existentes, debiendo cumplimentar los interesados los requisitos exigidos por la citada ordenanza. Con posterioridad a esa fecha, solamente podrán solicitar nuevos acogimientos al régimen quienes hayan obtenido el beneficio previsional después del vencimiento de la misma, y sólo comprenderá a los períodos faltantes desde la iniciación del trámite hasta el 31 de diciembre de 2011, sin perjuicio de las prórrogas que en el futuro se resuelvan.