Nuestro objetivo es llegar al vecino (consorcio de propietarios), administradores, apoderados y otros implicados en la temática, informándoles en qué forma deben controlarse e instalarse los ascensores para que funcionen dentro del marco legal, y que los usuarios realicen su desplazamiento sin riesgos para su persona o bienes.
En este sentido, les comunicamos que está vigente la ordenanza 3214/95, cuyo texto fue volcado al Código de Edificación actual en la sección III.10.15 referentes a la instalación de ascensores combinados y simples, camilleros, rampas elevadoras, escaleras mecánicas y montacargas. Todos aquellos que necesiten instalar un ascensor (en edificaciones nuevas) o cumplir con la legislación vigente (en los ya instalados) respecto a qué requisitos deben cumplir, puedan hacerlo correctamente consultando en la Dirección de Obras Privadas (entrepiso – ala norte) de nuestro edificio municipal, donde se los asesorará de dicha legislación, o también pueden visitar nuestra página web: www.ciudaddemendoza.gov.ar. donde encontrarán la correspondiente normativa aquí