El municipio estableció fechas diferenciadas para los grandes comercios y los pequeños locales.
La Municipalidad de la Ciudad de Mendoza prorrogó la entrada en vigencia de la Ordenanza n.º 4000/2020. La normativa establece la prohibición de la venta, el expendio y el uso de bolsas de material no biodegradable y de plásticos de un solo uso. La comuna fijó fechas de inicio diferenciadas según el tipo de comercio.
La Municipalidad estableció que la prohibición entrará en vigencia el 1 de septiembre para hipermercados y supermercados. Comercios mayoristas, autoservicios, venta de sustancias alimenticias minorista y de consumo familiar, comercio netamente minorista, minimercados, almacenes y dietéticas deberán implementarla a partir del 1 de diciembre. Por otra parte, a partir del 1 de septiembre, se vedará la venta, el expendio y el uso de sorbetes plásticos en locales comerciales y gastronómicos.
Por medio del Decreto n.º 893/2021, el municipio hizo efectiva la postergación del comienzo de la medida. En el texto, se justifica la decisión en el perjuicio económico que la pandemia ha ocasionado en diversos sectores productivos y emprendimientos. En relación con ello, se destaca que los establecimientos contarán con mayor tiempo para llevar adelante la sustitución de los materiales, con el fin de asegurar la sostenibilidad.
La Dirección de Ambiente y Desarrollo Sostenible será la encargada de darle cumplimiento al decreto municipal. Por su parte, la Dirección de Comercio será la autoridad a cargo de fiscalizar los casos de violación de la norma. En caso de detectar una infracción, el área labrará el acta correspondiente.