En el marco del estado de “alerta sanitaria” dispuesto por el gobierno provincial mediante decreto Nº 1167/2020, el intendente Ulpiano Suarez adhirió a la normativa que estableció asueto para la Administración Pública Provincial, el día 21 de septiembre.
El decreto provincial no solo determinó la restricción absoluta de circulación en el ámbito territorial de la Provincia de Mendoza, desde las 16 horas del día 20 de septiembre de 2020 hasta las 05:30 horas del día 22 de septiembre de 2020, sino que dispuso la suspensión desde el día sábado 19 del corriente a partir de las 07.00 hs. de toda actividad en espacio público al aire libre: parques, plazas y demás espacios verdes, hasta el martes 22 a las 05:30 hs. La restricción excluye a quienes deban circular en situación de emergencia médica justificada, ya sea compra en farmacias, expendio de combustibles y actividades consideradas esenciales. También, a quienes presten servicios de entrega a domicilio en el horario autorizado.
Además, el gobernador solicitó adherirse a la normativa, a los Poderes Judicial, Legislativo y Municipalidades. En este contexto, el intendente Ulpiano Suarez dispuso, mediante decreto N° 973/2020, asueto administrativo para el 21 de setiembre de 2020. La medida alcanza a todas las dependencias municipales y sus delegaciones, e incluye las áreas de atención al público, con excepción de las guardias esenciales que por cada Secretaría se dispongan. También al personal de salud de los Centros de Salud municipales, debiendo prever la Secretaría de Gobierno las guardias que resulten imprescindibles. Se mantiene entonces, la guardia del Centro de Salud Arturo Oñativia, barrio La Favorita.
Asimismo, quedó designada como autoridad de aplicación la Secretaría de Seguridad Ciudadana y la Secretaría de Hacienda, en cuanto a la fiscalización, control de cumplimiento y aplicación de las sanciones correspondientes y facultó a los Inspectores de Tránsito y Cuerpo de Preventores o Inspectores de comercio, a la constatación de las infracciones y confección de actas correspondientes.
El incumplimiento de las obligaciones y restricciones establecidas como consecuencia del estado de “alerta sanitaria” debidamente constatado por agente público provincial y/o municipal, será sancionado con multa de pesos diez mil ($ 10.000) a la persona infractora y pesos cincuenta mil ($ 50.000,00) al propietario del local y/o domicilio donde la misma se constatare. Cabe destacar que, el producido de las multas será destinado al Fondo Municipal Coronavirus creado por Decreto 357/2.020 y ratificado por Ordenanza Nº 3.995/2.020.
Respecto a los restaurantes y cafés, podrán funcionar con atención al público hasta el domingo las 16:00 hs., con un límite de cuatro (4) personas por mesa y siempre que las mismas estén dispuestas al aire libre. Luego, solo quedarán habilitados para delivery y take away.
Acerca de las actividades programadas para el sábado 19 de septiembre, como la Maratón Solidaria, también queda suspendida y en cuanto a la Campaña Antirrábica, se mantiene el cronograma, exceptuando el día 21 septiembre cuya actividad se traslada, en el mismo horario y lugar, al 28 de septiembre en el Gimnasio N°1 (Paso de los Andes y Sobremonte, 5ta Sección). Por los motivos mencionados anteriormente, tampoco estará habilitado el paseo de artesanos de la plaza Independencia.
Consultá el decreto N°973/20 aquí.