A raíz de la alarma social ocasionada por las agresiones producidas por perros en los últimos tiempos se ha tornado indispensable establecer mecanismos que regulen esta problemática; de manera tal que se pueda prevenir daños a personas, en muchos casos irreparables, originados por ataques de perros en la vía pública.
En este sentido, a fin de garantizar la tranquilidad y seguridad ciudadana, el ha puesto en vigencia la Ordenanza Nº 3.726 que regula la tenencia de animales peligrosos.
Se consideran animales potencialmente peligrosos los perros de raza: Pitbull Terrier, Bull Terrier, American Staffordshire Terrier Rotweiller, Dogo Argentino, Fila Brasileiro Tosa Inu y Akita Inu, como así también los cruces de cualquiera de las razas anteriores. Las mismas pautas rigen para aquellos perros que poseen por su característica morfológica, perfil marcadamente agresivo o historial de agresiones (a personas o a otros animales). Dichos patrones serán determinados mediante un informe efectuado por el veterinario habilitado.
La presencia de perros considerados peligrosos en lugares y espacios públicos, exigirá que los mismos vayan dotados de un bozal apropiado a su tipología y controlados por medio de una cadena no extensible de menos de 2 (dos) metros. Además, no podrá ser conducido más de un animal por persona.
Por otro lado, cuando los animales potencialmente peligrosos se encuentren en casas, chalet, parcelas, terrazas, patios o cualquier otro lugar delimitado, deberán estar en un hábitat con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a personas o animales que accedan o se acerquen al lugar.
Es importante destacar, que los animales peligrosos que transiten por la vía pública, que no cuenten con los requisitos especificados serán retirados por el personal de Departamento de Saneamiento Ambiental.
Los tenedores de animales potencialmente peligrosos, deberán solicitar al municipio, la licencia administrativa que posibilite la tenencia de este tipo de animales. Es importante destacar, que la persona que realice el trámite tiene que ser mayor de edad y debe llevar los siguientes datos del animal:
-certificado de antecedentes
-Certificado expedido por un veterinario colegiado en donde consten las reseñas del animal, así como las características físicas y estado sanitario del mismo.
-Contratar un seguro de responsabilidad civil por daños o lesiones a terceros, que el propietario debe tener, y en donde debe constar el número de registro obtenido en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
El registro está funcionando en la Departamento de Saneamiento Ambiental y Lucha Antirrábiaca dependiente en la Dirección de Servicios Públicos de la Municipalidad de Mendoza, ubicado en Videla Correa 620, Ciudad. Los horarios de atención son de lunes a viernes de 8 a 14.
Vale destacar, que ante cualquier incumplimiento de las normativas, la comuna aplicará las sanciones correspondientes.