Según Decreto Nº355/2020 recientemente dispuesto en la Ciudad de Mendoza y tomando en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia establecido por el Gobierno Nacional, de aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el país, queda establecido en el ámbito municipal garantizar a la ciudadanía la prestación de determinados servicios esenciales.
En el marco de las facultades conferidas por el Decreto Nacional, y a fin de establecer lo allí dispuesto, el intendente de la Ciudad de Mendoza, Ulpiano Suarez, dictó la medida que asegura la prestación de diferentes actividades y servicios esenciales, tales como: salud, seguridad, defensa civil, limpieza, recolección de residuos, alumbrado, tránsito, inspección, servicios sociales y cualquier otro indispensable mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional.
Asimismo, se destaca en la medida que el abastecimiento de alimentos por parte de los vecinos y vecinas de la Ciudad de Mendoza, está contemplado en la excepción de cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio en los siguientes rubros: autoservicios, venta de sustancias alimenticias minoristas y de consumo familiar, mayoristas, comercios netamente minoristas, minimarkets y minimercados en cuanto a la venta de productos alimenticios, los que al mismo tiempo, no podrán ser consumidos dentro del local.
En este sentido, el cuerpo de inspectores de la Dirección de Comercio tendrá a su cargo el control del cumplimiento de los comercios y el personal de preventores e Inspectores de la Secretaría de Seguridad Ciudadana serán responsables de controlar de manera permanente el efectivo cumplimiento de las medidas adoptadas tanto por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020, así como del Decreto Provincial Nº 384/2020.
En cuanto al cobro del estacionamiento medido en la Ciudad de Mendoza, quedará librado desde el día 20 al 31 de marzo inclusive.