Conocé requisitos, pasos a seguir, costos y vigencia de los siguientes tipos de trámites de Licencia de Conducir Particular y de Licencia de Conducir Profesional, que pueden realizarse en el Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza. El servicio es exclusivo para vecinos/as con domicilio (en D.N.I.) en Capital.
Es aquella que es expedida por primera vez.
Las edades mínimas de otorgamiento son dieciocho (18) años para las clases B1 (autos y camionetas hasta 3500 kg). Entre los 18 y 21 años, para las categorías A (motos), se deberá tener una licencia, como mínimo de dos años, con categoría A2.1 para luego aspirar a una subclase mayor. Subclases A1.4 (Motos Mas de 300 cc) es necesario ser mayor de 21 años para solicitarla, como así también acreditar 2 años de antigüedad en la categoría anterior.
Es aquella expedida en reemplazo de la licencia original por haber vencido su plazo máximo de vigencia.
La misma se puede llevar a cabo 30 días antes y hasta 90 días posteriores a su vencimiento.
No existen ni está autorizado ningún otro mecanismo de turnos, los mismos son personalizados y no pueden gestionarlos terceros.
Es aquella expedida por haberse solicitado la incorporación de una subclase (Ej: de B1 a B2) a licencia nacional de conducir y siempre por el plazo que le resta de vigencia conforme a lo establecido por la reglamentación.
No existen ni está autorizado ningún otro mecanismo de turnos, los mismos son personalizados y no pueden gestionarlos terceros.
Es la que se expide por razones de cambio de jurisdicción, hurto, robo pérdida y/o extravío. Se otorga siempre por el plazo que le resta de vigencia conforme a lo establecido por la reglamentación.
No existen ni está autorizado ningún otro mecanismo de turnos, los mismos son personalizados y no pueden gestionarlos terceros.
Es aquella expedida en reemplazo de la Licencia Original por haber vencido su plazo máximo de vigencia y se solicita la incorporación de una nueva clase y/o subclase a licencia nacional de conducir.
No existen ni está autorizado ningún otro mecanismo de turnos, los mismos son personalizados y no pueden gestionarlos terceros.
Es aquella expedida por haberse solicitado la incorporación de una nueva clase o subclase a licencia nacional de conducir y siempre por el plazo que le resta de vigencia conforme a lo establecido por la reglamentación. En el caso de solicitar categorías profesionales, es necesario que el solicitante posea 1 año de licencia particular como así también 21 años de edad.
Es aquella expedida en reemplazo de la licencia original por haber vencido su plazo máximo de vigencia.
La misma se puede llevar a cabo 30 días antes y hasta 90 días posteriores a su vencimiento.
No existen ni está autorizado ningún otro mecanismo de turnos, los mismos son personalizados y no pueden gestionarlos terceros.
Es la que se expide por razones de cambio de jurisdicción, hurto, robo pérdida y/o extravío y siempre por el plazo que le resta de vigencia conforme a lo establecido por la reglamentación.
No existen ni está autorizado ningún otro mecanismo de turnos, los mismos son personalizados y no pueden gestionarlos terceros.
Es aquella expedida en reemplazo de la Licencia Original por haber vencido su plazo máximo de vigencia y se solicita la incorporación de una nueva clase y subclase a licencia nacional de conducir.
No existen ni está autorizado ningún otro mecanismo de turnos, los mismos son personalizados y no pueden gestionarlos terceros.
Examen Psicológico para la Licencia de Conducir
La Municipalidad de Mendoza implementa, como parte del proceso de emisión de la licencia de conducir, un examen psicológico obligatorio. Dicha evaluación es aplicable a los siguientes grupos: aspirantes a la licencia por primera vez, renovaciones que superaron el plazo de vencimiento de los 90 días y personas con resultados positivos en pruebas de alcoholemia, sin distinción de edad (siempre que sean mayores de 18 años) ni del tipo de licencia requerida. Este examen evalúa habilidades esenciales para una conducción segura y responsable.
Según decreto 1493/17,Artículo 1º: Exímase a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 9024, de las tarifas municipales previstas para la gestión administrativa y emisión de licencia de conducir nacional, fijadas en el Artículo 74º Ap. XLVI de la Ordenanza Tarifaria Nº 3936/17, a los funcionarios policiales y penitenciarios que cumplan la función de chofer o motorista, a requerimiento de la Dirección de Seguridad Vial de la Provincia de Mendoza, por las razones expresadas en los considerandos que anteceden.