Por decreto del Gobernador publicado en el Boletín Oficial, se reguló la nueva etapa de aislamiento social, preventivo y obligatorio en la provincia. En la Ciudad se pueden realizar salidas recreativas y compras en comercios, según nuevas disposiciones.
Las personas cuyos documentos finalicen en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados solo los lunes, miércoles y viernes de 8 a 18 horas. Los días domingos se autoriza este tipo de salidas, en horario de 8 a 13 horas, para esas mismas terminaciones de documento.
En tanto, aquéllos cuyos documentos finalicen en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán asistir a los comercios habilitados solo los martes, jueves y sábados de 8 a 18 horas y los domingos estarán autorizados en horario de 13 a 18 horas.
De las restricciones quedan exceptuados los turnos médicos, odontológicos y/o de cualquier tipo de prestación de salud debidamente fundada, como también la compra en farmacias.
Sanciones al incumplimiento de esta normativa:
Ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas, los infractores serán sancionados con una multa de $5000. La sanción se duplicará en el supuesto de incumplimiento respecto de los recaudos exigidos para el paseo de mascotas. En caso de que cualquiera de las infracciones se constate dentro de un comercio o centro de atención privado, se aplicará una multa de $10 000 para el comercio o centro de atención privado, que se incrementará a la suma de $50 000 si se trata de un supermercado o hipermercado.
Las novedades en cuanto al decreto son: