Entre las consideraciones, se cita el art. 1 de la Constitución Provincial, que determina expresamente que los hidrocarburos y todos sus derivados son propiedad de la provincia y no de los municipios productores y el art. 124 de la Constitución Nacional, que establece que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.
Los concejales de la Ciudad de Mendoza en su totalidad, acordaron que no existe ninguna disposición de orden constitucional, nacional o provincial, que excluya expresamente a los departamentos no productores de petróleo y sus derivados del reparto de los dividendos en concepto de regalías. Concluyendo que van a trabajar para que el Municipio de la Ciudad de Mendoza reciba la coparticipación correspondiente en materia de regalías petrolíferas, considerando que éste es un derecho legítimo e inalienable de los vecinos de la Capital.
Por este motivo, el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Mendoza ha solicitado a la Honorable Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia de Mendoza que legisle a favor de la coparticipación de las regalías petrolíferas entre los municipios productores y no productores, de acuerdo con lo establecido en nuestra Constitución Nacional y Provincial.